martes, 17 de abril de 2012

¿Seguro de tu seguro?


Uno de los servicios bancarios que las entidades tratan de colar a toda costa a sus nuevos clientes hipotecados son los seguros. Bien es cierto que existe, como en el caso de los vehículos, una ley que obliga a contratar a un seguro obligatorio: el de incendios pero también es cierto que sin un seguro de daños y otro de vida (obligatorio por conveniencia de la propia entidad financiera) no verás ni un euro.

La cobertura a la que hace referencia la ley impone el resguardo de este seguro sobre el continente, y basado en el precio de tasación. Es decir, no es obligatorio asegurar ni el suelo ni el contenido de la casa. Por otra parte, el seguro de daños tiene que cubrir unos mínimos:  incendio y explosión y fenómenos naturales (tormenta, elementos naturales distintos de la tempestad, energía nuclear y hundimiento de terreno, daños por granizo y heladas).  De ahí a tener que prever (y pagar) por un posible ataque de orcos furibundos o que una manada de ñus puedan atravesar la cristalera de tu salón hay un salto importante.

Los bancos y cajas utilizan  la concesión de un préstamo hipotecario para encadenar al cliente a la pata de su mesa y utilizan los seguros como zanahoria para rebajar el tipo de interés de acuerdo a los productos adicionales contratados.

En la escritura se estipula una serie de descuentos en el diferencial aplicado en función de los productos  que contratemos y si estos aparecen como 'requisito' para concedernos la hipoteca cambiarlos será caro porque en la revisión te subirán la cuota. En caso contrario puedes huir del yugo de los seguros bancarios al año de haberlos contratados.

Por mucho que el banco te pueda 'invitar' a contratar sus servicios, no puede obligarte, como tampoco el banco está obligado a concederte la hipoteca si no quiere. Pero que no te la cuelen. Puede ocurrir que en la concesión de tu hipoteca quieran hacerte firmar una prima única evitar el cambio o cese del seguro de vida contratado con el banco. Esto supone   que el cliente paga de una sola vez el total del coste del seguro cuyo montante se suma al importe del préstamo. Voilà, ya tienes seguro de vida para los restos.

Así que,  cuando el director de tu entidad te remarque la obligatoriedad de contratarle los seguros, puedes recordarle que la Comisión Nacional de Competencia ha abierto expediente  sancionador a una veintena de bancos y cajas sospechosas de condicionar la concesión de préstamos hipotecarios a la contratación de seguros de vida (violando así el derecho a la libre competencia) y que existen varias sentencias de la Audiencia Nacional, corroboradas por el Tribunal Supremo, han declarado estas prácticas como irregulares o ilícitas.

Para saber con seguridad cuales son tus compromisos hipotecarios, el banco ha de entregarte un documento informándote exactamente de qué condiciones financieras y productos accesorios acarrea para que no haya sorpresas desagradables.




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